Se formaliza tratado de intercambio de información fiscal entre España y Andorra.
Por Administrador el jueves, Enero 28 2010, 11:31 - Noticias offshore - Enlace permanente
El tratado de intercambio de información fiscal entre España y Andorra, que ya adelantamos mediante un post el pasado mes de diciembre, ha quedado oficialmente formalizado el pasado 14 de enero, mediante una firma pública entre la Vicepresidenta Económica del Gobierno Español, Elena Salgado y el Jefe del Gobierno andorrano Jaume Bartomeu.
Este convenio permitirá a España hacer solicitudes de información sobre personas concretas y para las cuales se pueda demostrar una clara sospecha de fraude fiscal. A cambio, España dejará de considerar a Andorra como un paraíso fiscal, lo que tendrá como consecuencia que ya no le sean aplicadas las normas anti-paraíso de la legislación española. Esta normativa prevé que cualquiera de los territorios listados como paraísos fiscales dejarán de serlo, si acceden a la firma de un tratado de intercambio de información fiscal.
Según confirmó el Gobierno Andorrano, se está además ultimando la firma de acuerdos semejantes con las economías nórdicas (países escandinavos), lo que permitirá que Andorra abandone la lista de paraísos fiscales de la OCDE previsiblemente el mes que viene, ya que para entonces dispondrá de los 12 acuerdos necesarios para ser considerada fiscalmente transparente.
Recordemos que Andorra ya contaba con varios acuerdos de intercambio de información fiscal anteriores, entre otros con Francia, Portugal y Argentina.


Comentarios
Las solicitudes de informacion de cuentas bancarias por parte de la agencia Tributaria ¿Deben estar precedidas por algun proceso judicial en España? o ¿Cualquier expediente por deuda fiscal puede ejercer dicha solicitud?
Gracias.
En principio se ha firmado un tratado de doble imposición, lo que quiere decir que al igual que se pueden solicitar créditos fiscales para impuestos pagados en uno u otro país, se puede solicitar información fiscal. Eso sí, no se producirá un intercambio automático y para que Andorra colabore la condición es que la Hacienda española deberá presentar hechos bien fundamentados e indicar el nombre de la persona que cree que tiene la cuenta. Es decir, hay intercambio sin sentencia judicial, pero sólo a demanda y bajo determinadas condiciones.